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OCDH pide a Bachelet acciones urgentes para proteger a los cubanos que quieren manifestarse el 15 de noviembre, y apela a su condición de víctima

Un informe jurídico reafirma la legitimidad de la marcha, basándose en las propias leyes cubanas y en el derecho internacional

Madrid, 22 de octubre de 2021

El Observatorio Cubano de Derechos Humanos (OCDH) solicitó este viernes a Michelle Bachelet, Alta Comisionada de las ONU para los Derechos Humanos, que promueva una iniciativa internacional en favor del derecho de los cubanos a manifestarse libremente sin ser reprimidos y exija al gobierno cubano la liberación de todos los prisioneros políticos.

El organismo, por medio de una carta suscrita por Alejandro Gonzalez Raga, su director ejecutivo, ha lanzado un mensaje urgente de alerta, dada la prohibición decretada por las autoridades, la voluntad de los convocantes de mantener la marcha y el peligro de que se repitan acciones violentas contra los manifestantes, como los vividos en julio pasado.

“La respuesta del gobierno ha sido la expulsión de sus centros de trabajo de algunos organizadores y la amenaza de la Fiscalía General de la República de que deberán enfrentar las consecuencias si deciden marchar”, dice el texto.

La carta recuerda la represión desatada en el marco de las protestas de julio, expresando que Bachelet “no debe permanecer en silencio cuando son violados gravemente los derechos de cientos de cubanos, en su gran mayoría jóvenes y entre ellos al menos 27 menores de edad”, en referencia a quienes se mantienen detenidos, y apela a su condición de víctima de la represión bajo la dictadura de Pinochet para pedirle empatía con los “cubanos que sufren por querer ejercer sus derechos”.

Junto a la carta, el OCDH envió un informe jurídico que reafirma la legitimidad de la marcha del 15 de noviembre, basándose en las propias leyes cubanas y en los compromisos internacionales que el gobierno de Cuba está obligado a cumplir, en materia de derechos humanos.

Las respuestas gubernamentales sobre la prohibición, calcadas unas de otras, fueron informadas a los convocantes por las autoridades de cada municipio.

En este sentido, según el informe, queda claro que el intendente municipal (alcalde) “no tiene reconocido ni declarado, dentro del ordenamiento jurídico nacional, facultades legales para la interpretación del alcance y limitación de los derechos fundamentales que reconoce la Constitución”.

Además, “la protesta social es una conjugación de varios derechos humanos, mediante el uso de los espacios públicos. Incluye el ejercicio de las libertades de opinión y expresión, el derecho de reunión, manifestación y asociación”.

Para el OCDH, “las opiniones o condiciones políticas de los promotores de la marcha, no los sustrae de su condición humana, ni de sus derechos fundamentales universales. Argumentar la negativa de derechos en tales razones, constituye discriminación”.

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