OCDH condena las inhumanas sanciones de hasta 15 años de cárcel contra ciudadanos que participaron en protestas populares en Nuevitas (Cuba)

Estamos ante un odio al pueblo cubano que no tiene compasión con nadie y que no escucha ni siquiera el gran número de peticiones en favor de los presos políticos y de conciencia, incluidas las de la Iglesia Católica.

Madrid, 28 de abril de 2024

El Observatorio Cubano de Derechos Humanos (OCDH) condena en los términos más enérgicos las sanciones dictadas por el Tribunal Provincial de Camagüey contra los participantes en las manifestaciones de Nuevitas (Camagüey) en agosto de 2022.

Estas brutales condenas, la mayoría entre 10 y 15 años (138 años en total), forman parte de la represión que sufren los cubanos que se manifiestan críticamente por la situación actual del país. Estamos ante un odio al pueblo cubano que no tiene compasión con nadie y que no escucha ni siquiera el gran número de peticiones en favor de los presos políticos y de conciencia, incluidas las de la Iglesia Católica.

Sentencia de Manifestantes de Nuevitas

Mayelín Rodríguez Prado: sancionada por el delito intencional y consumado de propaganda enemiga de carácter continuado a 10 años de privación de libertad y como autora de un delito intencional y consumado de sedición a 12 años de privación de libertad, para una sanción conjunta de 15 años de privación de libertad.

Yennis Artola Del Sol: sancionada por el delito intencional y consumado de propaganda enemiga de carácter continuado a 8 años de privación de libertad.

Jose Armando Torrente Muñoz: sancionado por el delito intencional y consumado de sedición a 12 años de privación de libertad, por el delito de atentado a 2 años de privación de libertad y por un delito de resistencia a 10 meses de privación de libertad, para una sanción conjunta de 14 años de privación de libertad.

Daiver Leyva Velez: sancionado por el delito intencional y consumado de sedición a 10 años de privación de libertad.

Keiler Velázquez Medina: sancionado por el delito intencional y consumado de sedición a 10 años de privación de libertad.

Menkel De Jesús Menéndez Vargas: sancionado por el delito intencional y consumado de sedición a 10 años de privación de libertad.

Frank Alberto Carrión Suárez: sancionado por el delito intencional y consumado de sedición a 10 años de privación de libertad.

Frai Pascual Claro Valladares: sancionado por el delito intencional y consumado de sedición a 10 años de privación de libertad.

Lisdan Cabrera Batista: sancionado por el delito intencional y consumado de sedición a 10 años de privación de libertad y por un delito intencional y consumado de otros actos contra la seguridad del estado a 2 años de privación de libertad, para una sanción conjunta de 11 años de privación de libertad.

Jimmy Jhonson Agosto: sancionado por el delito intencional y consumado de sedición a 10 años de privación de libertad y por el delito de sabotaje a 7 años de privación de libertad, para una sanción conjunta de 13 años de privación de libertad.

Ediolvis Marín Mora: sancionado por el delito intencional y consumado de sedición a 10 años de privación de libertad y por el delito de sabotaje a 7 años de privación de libertad, para una sanción conjunta de 13 años de privación de libertad.

Wilker Álvarez Ramírez: sancionado por el delito intencional y consumado de encubrimiento a 4 años de privación de libertad.

Lázaro Alejandro Pérez Agosto: sancionado por el delito intencional y consumado de sedición a 10 años de privación de libertad.

Yanelis Valladares Jaime: se absuelve como autora del delito de sedición por insuficiencia de pruebas.

El OCDH denunció en septiembre de 2023 las peticiones de sanciones del fiscal del caso, Camilo Recio Caballero, en sus “conclusiones provisionales” ante la Sala de Delitos contra la Seguridad del Estado, del Tribunal Provincial de Camagüey.

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